Actas de declaración de herederos abintestato (sin
testamento)
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1) ÁMBITO de APLICACIÓN: Descendientes, Ascendientes, Cónyuge y Colaterales.
2) NOTARIO COMPETENTE: El solicitante puede elegir libremente entre los siguientes:
a) Notario del último domicilio del causante.
b) Notario del lugar donde esté la mayor parte de los bienes de la herencia.
c) Notario del lugar de fallecimiento.
d) Notario de un distrito colindante con cualquiera de los anteriores.
3) DOCUMENTACIÓN:
- DNI del que promueve el Acta y de los demás herederos.
- DNI del fallecido.
- Certificados de Defunción y Últimas Voluntades.
- Causante casado y con hijos: Libro de familia o certificados de matrimonio y nacimiento de los hijos.
- Causante soltero y sin hijos: Libro de familia de los padres y en su caso, partida de nacimiento de los hermanos.
Más información: Ministerio de Justicia |
Capitulaciones matrimoniales
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- si es de solteros que van a contraer matrimonio: D.N.I. de
los dos
- si es de casados : DNI de ambos y libro de familia. Si
además van a hacer liquidación de la sociedad de gananciales: títulos
de los bienes que vayan a liquidar esquema de valores y repartos
.
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Compraventa bienes inmuebles
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- original del título de propiedad de los vendedores.
- D.N.I. compradores y vendedores; Si fueran sociedades, los
poderes correspondientes o vigencia del cargo del representante.
- certificado de que se encuentra al corriente en el pago de
los gastos de comunidad .
- ultimo recibo del I.B.I. .
- Gastos de Operación: En el caso de que no hubiere acuerdo al
respecto, los gastos según Ley se distribuyen así:
- Vendedor: La escritura (es decir la escritura
matriz ), y
la Plus Valía (Incremento de valor de los Terrenos)
- Comprador: Las copias de la escritura, los gastos de la
inscripción en el Registro de la Propiedad y los Impuestos.
- el pago de la plus valía, lo deberán hacer dentro de los 30
dias hábiles siguientes, con la copia simple entregada por la
notaría.
- Aportar el CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
- JUSTIFICANTES DE MEDIOS DE PAGO.
Más información: Catastro Valoraciones Mercado Hipotecario Registros |
Compraventa de participaciones o acciones de sociedades
mercantiles
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- título de propiedad del vendedor
- D.N.I. compradores y vendedores y en su caso poderes de la
sociedad o vigencia del cargo del representante
- estatutos de la sociedad emisora de las acciones o
participaciones
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Constitución sociedades
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- DNI socios constituyentes, en el caso de sociedades poderes
de su representante.
- certificación de denominación vigente (2 meses desde la
fecha de emisión).
- certificación bancaria de ingreso del capital social
desembolsado vigente (2 meses desde la fecha de emisión) .
- Capital mínimo en S.L.N.E. 3.000€, Máximo 120.202 €
.
- Para iniciar los trámites de constitución de una S.L.N.E.
deberá dirigirse al CIRCE .
- Capital mínimo en una S.R.L., 3.000 € .
- Capital mínimo en una S.A., 60.000 € .
El NIF se puede solicitar desde la propia notaría y encargar a ésta la presentación telemática de la escritura hasta su inscripción.
Más información: Solicitud certificación denominación social Creación de nuevas
empresas Instituto de Crédito
Oficial Ventanilla única
empresarial |
Poderes
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GENERALES: D.N.I. del poderdante, datos del
apoderado nombre, estado civil, domicilio y D.N.I. si se conoce
con certeza
PARA PLEITOS: D.N.I. del poderdante, nombre de letrados y
procuradores y colegio al que pertenecen
DE SOCIEDAD MERCANTIL: poderes del representante y los
datos del apoderado |
Aceptación de herencia
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- Plazo 6 meses desde fallecimiento.
- Certificado de defunción y últimas voluntades .
- Testamento declaración de herederos .
- Copia autorizada del testamento .
- Datos de los herederos.
- Títulos que acrediten la propiedad de los bienes:
- en Inmuebles el I.B.I.,
- en valores mobiliarios, cuentas corrientes, etc.:
certificados y extractos bancarios.
Más información: Ministerio de
Justicia |
Testamentos
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- D.N.I. testador
- Filiación completa que incluye fecha y lugar de nacimiento,
nombres de los padres y si viven, estado civil, y en su caso,
nombre del cónyuge, y nombres de los hijos o en su caso
ascendientes.
Más información: Ministerio de Justicia
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Matrimonios |
1) DOCUMENTACIÓN:
- Certificado del expediente matrimonial tramitado en el Juzgado correspondiente (A partir del 1 de Julio de 2.017 se podrá tramitar en la propia Notaria).
- DNI de los contrayentes.
- Dos testigos.
- La elección del Notario será libre. |
Separación y divorcio ( de mutuo acuerdo ) |
Podrá tramitarse transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio.
No tiene que haber hijos menores de ninguno de los cónyuges.
Tendrán que asistir por Letrado que firme también en las escrituras.
1) DOCUMENTACIÓN:
- Convenio Regulador.
- DNI de los cónyuges
y libro de familia o certificado de matrimonio. |